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Institucionales

CER o no CER en el Consejo de la Magistratura

El miércoles 20 de marzo se realizó la tercera sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del Chaco, Atlanto Honcheruk y el interbloque Frente Chaqueño, patrocinados por su asesor legal, Rubén Esquivel, presentaron un amparo que busca dejar sin efecto la designación de la diputada Gricelda Ojeda -del CER- en carácter de miembro titular ante el Consejo de la Magistratura.

Si bien la justicia le hizo lugar a la medida cautelar solicitada, al ingresar la contestación de la Asesoría Legal de la Cámara, se suspendieron los efectos por el momento, por lo que se espera para esta semana la vista del procurador Jorge Canteros y la siguiente semana, la del Superior Tribunal de Justicia quien emitiría la sentencia sobre el amparo.

¿Dónde está el nudo de la cuestión?

La pregunta es ¿hubo quórum? El abandono del recinto por parte de los diputados del Frente Chaqueño ¿fue conforme al reglamento? Si la Justicia convalida esta decisión ¿se abre una puerta peligrosa?

El reglamento del Poder Legislativo es claro sobre la cantidad de votos emitidos

Las presentaciones realizadas por la Cámara de Diputados dicen que son 17 votos, porque Darío Bacileff Ivanoff votó antes de retirarse y era votación nominal, y él vota en segundo lugar luego de la diputada Arkwright. “Que después se haya ido, no quita que votó. El argumento es que, al salir antes de terminar la votación, se quedó el recinto sin Quorum, pero para votar hay que estar presente, y ya había arrancado la votación con 30 diputados en sus bancas, o sea, estaba en curso”, relata a Infoqom una fuente con trayectoria y expertise en la labor legislativa.

Si fuera que no daba quórum de asistencia es otra cosa, pero arrancó la votación.

“Al no cerrarle a su favor los tantos, los justicialistas comenzaron a abandonar el recinto en plena votación”, apunta la misma fuente.

“Cuando se va Darío Bacileff Ivanoff, luego de votar, desde la puerta, Juan Bergia no hay quorum, y los demás diputados dicen, sigamos votando. Y se sigue votando se completan 17 votos, pero aún con la ausencia del nombrado, el reglamento dice votos emitidos: 17 voto dice presidencia y quedó designada titular: Gricelda Ojeda, pero sin quorum para votar suplente, por lo tanto, se levanta la sesión”, relatando cronológicamente los hechos.

 

Malos perdedores

“Por Reglamento, lo ocurrido es válido. No porque me parezca obvio. Acá no es lo que a uno le guste o no, es con la ley en la mano. Los diputados del Frente Chaqueño abandonaron la votación porque no se votaba su candidato y se agraviaron. Así ninguna ley se aprobaría. No me favorecen los votos, me retiro como niños que se llevan la pelota cuando van perdiendo”, reveló un trabajador legislativo con muchos años de experiencia en el proceso y tratamiento legislativo.

Bacileff Ivanoff habló ya con una votación en curso. El punto es si la justicia convalida los votos que siguieron desde que se levantó el diputado. Si se atiene a reglamento, el Superior Tribunal de Justicia tiene que hacer lugar a la respuesta de la Cámara de Diputados y rechazar el amparo.

 

La Legislatura tiene tres tipos de quorum

Quorum deliberativo, Quorum decisorio y Quorum de asistencia, como hay que tomar postura a partir del Reglamento: podemos afirmar que hubo Quorum de Asistencia y Quorum Deliberativo en el momento de la votación del 20 de marzo.

 

¿Hubo quorum decisorio?

Se propuso y se habilitaron 2 opciones para el voto nominal, con 30 diputados en sus bancas. El secretario de Cámara llamó nominalmente y registró los votos en acta, contando el voto del diputado Bacileff Ivanoff, el voto de él es el 2, la primera legisladora en votar fue Dorys Arkwright, entonces en que levanta el interbloque Frente Chaqueño compuesto por el bloque Justicialista, bloque Frente Grande Chaco y bloque Partido del Trabajo y del Pueblo que estaban presentes y se retiraron del recinto, violando el reglamento en plena votación.

 

A la luz del reglamento, lo incumplen. Luego,  judicializan. Si se avala esto cada vez que «no me gusta cómo van yendo los votos» ¿me levanto y me voy? Así, es imposible aprobar las leyes.

 

El diputado Bacileff Ivanoff se quedó hasta el voto del quinto diputado

Cuando a Darío Gamarra (secretario de la Cámara) el diputado Bergia le apunta que «no hay quorum», le responden de atrás, “votó Darío” y estaba en curso la votación.

 

La presentación de la Cámara de Diputados

Siendo las 20:55, el Cuerpo Legislativo se abocó a tratar el punto sexto del temario del orden del día cuyo tema a tratar consistía en el Expediente N° 10/24, el cual requiere un representante titular y uno suplente por el Poder Legislativo ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Provincial Nº 24-B. En ese momento el quórum en el recinto estaba compuesto por todos los legisladores y legisladoras antes mencionados, menos los Diputados Peche y Ocampo.

Seguidamente, la presidenta del Poder Legislativo, Carmen Noemí Delgado, en acuerdo de todos los bloques políticos, dispone escuchar primeramente las propuestas para avanzar luego con la votación. Tomando la palabra el diputado Sebastián Lazzarini, propuso a su par Maida With como consejera representando al oficialismo.

Luego, Nicolás Slimel propuso al legislador Rubén Omar Guillón para Consejero Titular, luego de hacer una breve explicación de la trayectoria del mismo y las razones para postular. A continuación, toma la palabra la diputada Andrea Charole, proponiendo a la legisladora Gricelda Ojeda, para el mismo cargo en representación de la minoría.

Finalmente, en virtud de lo estipulado en el artículo 172 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, se procedió a votar nominalmente y escuchando por orden alfabético a cada legislador y legisladora. La primera legisladora en votar fue Dorys Arkwright y lo hizo a favor de la diputada Ojeda. En ese momento, los diputados y diputadas del interbloque del Frente Chaqueño,  que estaban presentes se levantaron de sus bancas y se retiraron del recinto.

Sin embargo, la votación siguió, ya que estaban presentes aún 17 diputados, es decir, la cantidad mínima para que exista quórum.

Luego votó Bacileff Ivanoff a favor del diputado Guillón, y seguidamente, se retira sin emitir su voto  Juan José Bergia del Bloque Nuevo Espacio de Participación -NEPAR- también perteneciente al Interbloque Frente Chaqueño y minutos después Darío Bacileff Ivanoff procedió a abandonar la sesión, quedando finalmente sin quórum necesario para continuar hasta finalizar la votación.

 

Contestación a la Acción de Amparo

INFOQOM pudo acceder a la respuesta de la asesoría legal de la Cámara de Diputados, presentamos una brevísima síntesis de un trabajo  quien “rechazó la acción de amparo, argumentando que lo actuado en el recinto del Poder Legislativo deviene ajustado a derecho y en consecuencia , el procedimiento seguido fue legítimo y en el marco de las competencias y atribuciones reglamentarias y constitucionales sin observarse en el mismo ninguna afectación a las normas imperantes como tampoco a los accionantes en su calidad de legisladores, quienes sí en abierta y flagrante vulneración al Reglamento Interno de la propia Cámara de Diputados abandonaron el recinto luego de haber argumentado, fundado ampliamente sus preferencias y mocionar y, cuando ya se hallaba en curso la votación de las propuestas, inclusive alguno de ellos ya había votado”.

“Habilitar este tipo de maniobras flagrantes por parte de los señores Diputados conlleva ‘en sus efectos’ una seria limitación de derechos constitucionalmente garantizados, estando en juego cuestiones de derecho procesal y público y como así también facultades y atribuciones propias del pleno de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco por lo que resulta necesario garantizar el funcionamiento de las instituciones básicas de la República, porque esto trasciende el interés particular para impactar en el interés general”.

El dato es relevante porque, debiendo asegurarse la objetividad, imparcialidad, neutralidad y ecuanimidad pertinentes, los magistrados del Superior Tribunal de Justicia -poder que integra el Consejo de la Magistratura-, han otorgado con llamativa precipitación una Medida Cautelar, sustentada en la fragilidad de planteos declamatorios y sin respaldo probatorio elemental, ordenando al Poder Legislativo no innovar respecto al ejercicio de sus funciones institucionales o las regladas – derivadas de su propio reglamento-, pronunciamiento dogmático y arbitrario al determinar, asimismo, que la duración de sus efectos seguirá la suerte de la tramitación de la acción principal. Un exceso en sus atribuciones, y avanzando sobre facultades propias del Poder Legislativo, por lo que puede existir duda razonable sobre la parcialidad de su criterio, justificada objetivamente”.

Desde estos conceptos, y por ser esta la primera oportunidad que el caso habilita, introduzco la reserva de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 48 Art. 14) para el improbable supuesto de un pronunciamiento que diere acogimiento favorable a la acción, habida cuenta que en tal supuesto se consumaría una vulneración de derechos, garantías y expresos dispositivos de la Constitución Provincial –con sus correlativos de la C.N.- que hacen a los pilares de nuestra organización política bajo la forma Republicana de Gobierno.

Corresponde entonces destacar como a los amparistas, no se les ha impedido el ejercicio de cuestiones inherentes a su función legislativa, no hubo ningún cercenamiento a sus facultades ni vulneración de ningún derecho a participar, deliberar, asistir ni de expresarse con su voto, por lo tanto, no se configuran los presupuestos que luego invocan como base de la interposición de una Acción de Amparo y/o como causales de Nulidad Absoluta de todo lo actuado; no existieron acciones ilegitimas que lesionen sus derechos y garantías de orden constitucional. ¿La pregunta que deviene de los hechos vivenciados seria, del ejercicio de que derechos se vieron impedidos los señores legisladores mientras se hallaban mocionando y votando en la sesión N°3 el día 20-03-24 para que abruptamente abandonen el recinto?”.

En el punto N° 6 del temario correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 3 de fecha 20 de marzo de 2024, Votación Nominal de los miembros del Cuerpo Legislativo que integrarán el Consejo de la Magistratura, los diputados que se hallaban en el seno del recinto en sus bancas (30 diputados presentes) (quorum deliberativo) en pleno ejercicio de sus funciones legislativas y en oportunidad del tratamiento del punto 6°, en el uso de la palabra el Diputado Lazzarini fundó su moción, cuando es pedida la palabra insistentemente por el legislador Slimel quien explayándose en los antecedentes y curriculum hace su propuesta en favor de su par, Rubén Guillón, luego toma la palabra la diputada Charole y hace lo propio con la propuesta en favor de la Diputada Ojeda, note el Excelentísimo Tribunal el cumplimiento del debido proceder por parte de la Presidencia de Cámara en un todo conforme a Reglamento y a la Constitución Provincial, lo que se visualiza perfectamente tanto en el video de la sesión como asimismo surge de la versión taquigráfica de la misma, se observa claramente como al momento de ponerse a consideración las 2 propuestas y ya iniciada la votación nominal (conforme lo prevé el Art.172 del Reglamento Interno para la elección de los integrantes del Consejo de la Magistratura), Slimel se levanta de su banca y ordena hacer lo propio a través de gestos indicativos a los diputados del Interbloque Justicialista en clara maniobra artera y fijada de antemano, pretendiendo evitar continuar con el proceso de votación que ya estaba en curso”.

Es así entonces que contando con el debido Quorum y habiendo ejercido Slimel su derecho a proponer y a continuación comenzar el proceso de votación, ya en el curso de la misma, advirtiendo como los votos comienzan a no ser en línea con su propuesta en franca violación al Art. 164) del Reglamento que reza : “Ningún Diputado podrá dejar de votar sin permiso de la Cámara, ni protestar contra una resolución de ella’…se pone de pie e invita a su pares del Interbloque al abandono de sus bancas; siendo entonces corolario de dicha actitud”.

“Podemos colegir que de haber tenido este interbloque el número a favor de su moción no se retirarían del recinto, ni se hubiera generado el bochornoso procedimiento a que dieron lugar, con el único fin de, a posteriori, invocar vicios y nulidades en un procedimiento que se halla reglado y del que los Diputados amparistas deben ser garantes, es decir desnaturalizando el procedimiento que se verifica correcto a pesar de sus intentos de desestabilizarlo, y con actos propios intentar dejar sin quorum la sesión para luego invocar nulidades, pero como queda acreditado debidamente y conforme reza el Art. 161 del Reglamento Interno, se obtiene la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos con el voto expresado nominalmente por el diputado Darío Bacileff Ivanoff en favor de la propuesta del Interbloque Frente Justicialista votando en favor del diputado Guillón (Quorum Decisorio)”.

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