Madre denunció a los jueces Lotero y Lubary ante el Consejo de la Magistratura
Gobierno del Chaco

Madre denunció a los jueces Lotero y Lubary ante el Consejo de la Magistratura

Judiciales
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La odontóloga Natalia Carolina Vallejos con el patrocinio del abogado Paulo Pereyra, denunció ante el Consejo de la Magistratura a los jueces Cynthia Mónica Lotero de Volman, jueza a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N°5 y al juez Juan Pablo Lubary a cargo del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 3 por obstruir penalmente y por los delitos de “abuso de autoridad”, “prevericato” e “impedimento y obstrucción de contacto de menores de edad con su madre no conviviente”, todo en un claro contexto de violencia con motivo de género en su tipología psicológica, económica y simbólica. bajo la modalidad de violencia institucional y mediática. La madre no ve hace más de un mes a sus hijas de 5 y 10 años.

En el escrito presentado ante el Consejo de la Magistratura, Natalia relata: “El 2 de marzo del corriente año, tuvimos un conflicto con Martin Volman, ex pareja hace 1 año y 6 meses con el que permanecí en una relación por 20 años. V. y M. Volman, nacieron de aquella unión. Esa noche del 2 de marzo, las niñas debían estar al cuidado de su padre, pero el mismo salió a un festejo, dejándolas a mis hijas con la niñera. Por tal motivo, a las 23:42 recibí un mensaje de WhatsApp de la niñera Romina Fernández, de 26 años de edad, diciendo: “…Martina está llorando por el papá…”, es por ello que fui a buscar a mis hijas de la casa de Martín”.

“Volví a mi domicilio con mis hijas. A las 01:30hs., se hacen presente en mi casa: Martín con sus padres: Eduardo Volman y Cynthia Mónica Lotero de Volman, reclamando que las niñas debían estar en la casa de su progenitor, en medio de insultos y violencias de los prenombrados, hice entrega pacifica de las niñas. Sin tener ningún tipo de contacto hasta al día de la fecha (06/04/2022), con las menores”.

-----En fecha 04/04/2022 a las 7:31h., la defensa técnica del imputado Martín Volman, en la causa caratulada: “VALLEJOS, NATALIA CAROLINA S/ DENUNCIA IMPEDIMENTO DE CONTACTO DE HIJOS MENORES CON SUS PADRES NO CONVIVIENTES”, Expte N° 8630/2022-1 del registro y radicado ante ese E.F. N°1 y Juzgado de Garantías N°4, efectuó una presentación absolutamente irregular en cuanto al Dictamen del Equipo Interdisciplinario -Fuero Civil-. Informe con fecha 01/04/22. Causa, donde también se haya denunciada y querellada la jueza Mónica Lotero de Volman.

¿Por qué irregular y que merece una exhaustiva investigación de ese órgano constitucional? porque adjunta un documento (el Informe indicado arriba y que se adjunta), donde no obra foliatura del Juzgado de Familia Interviniente N°2. Ni menos firmas de las profesionales, así como indicación del Nro. de Oficio a qué se refiere. Cabe la pregunta: ¿Cómo el imputado y sus defensores, a las 7:31h. del día 04/04/22, tuvieron acceso al Informe de referencia? Incluso, y aquí lo escandaloso y delictual, ¡lo presentaron que salga a despacho en el Juzgado que había requerido tal diligencia!

------En relación al accionar del juez Juan Pablo Lubary y Martín Volman, nótese que en fecha 25/03/2022, en la causa caratulada: “VALLEJOS, NATALIA CAROLINA S/ DENUNCIA IMPEDIMENTO DE CONTACTO DE HIJOS MENORES CON SUS PADRES NO CONVIVIENTES”, Expte N° 8630/2022-1, del registro y radicado ante ese E.F. N°1 y Juzgado de Garantías N°4, el allí imputado Martín Volman, expresa que la directora de la Investigación Penal Preparatoria, tiene que “esperarlo” … “qué no se presenta, porque está a lo que resuelva el Juzgado de Familia N°3”.

Así, en fecha 04/04/2022 a las 21:15h. recibí una Cédula emanada de dicho juez Juan Pablo Lubary. Diligencia, donde se concreta “lo anunciado” por Martín Volman 10 (diez) días antes de la notificación deficiente de la mentada arbitraria e ilegal orden judicial. Ilegalidad y arbitrariedad que lo coloca al juez Lubary en una situación delictual, cuento menos, en los términos de los arts. 248 y 269 del Código Penal. Más allá, claro, de la responsabilidad funcional, que por la presente venimos a acusarlo.

 

La causa “que lleva” Lubary es la caratulada: “LOTERO, CYNTHIA MONICA GRACIELA Y VOLMAN, MARTIN C/ VALLEJOS, NATALIA CAROLINA s/VIOLENCIA FAMILIAR”, Expte. Nº6359/2022-1, del Juzgado a su cargo. Nótese qué, en tal causa, la jueza Lotero de Volman es la denunciante en ese expediente…

Gravedad institucional y delictual manifestada por el imputado Martín Volman y defensores técnicos, al describir la certeza que tenía -y que no debería haberla poseído-, que era la “medida” que “iba a salir del Juzgado de Familia N° 3 a cargo del juez Juan Pablo Lubary…”, palabras más palabras menos…

Antes de cualquier otra medida proteccional y de revinculación de las niñas para conmigo, se despacha un disciplinamiento institucional a mi persona, de un modo tan obsceno e ilegal, que hasta se me impone qué abogado/s y/o abogada/s debe/n asistirme técnicamente (y se me notificó a las 21:19h de fecha 04/04/22, de modo irregular -véase fecha de lo transcripta en la Cédula-). Lubary, va más allá de la Ley -violándola-, y contra lo dicho por el propio Equipo Interdisciplinario -Fuero Penal- (09/03/22) y la Asesora de NNyA -competencia Civil- Patricia Noemí Zamudio (30/03/22).

Ya que esta última, valida el Informe antes mencionado y expresa en su Dictamen N° 531/22, que esa causa ahora “en manos” de Lubary, debe remitirse al Juzgado de Familia N°2. Juzgado, donde se halla la causa caratulada: “VALLEJOS, NATALIA CAROLINA C/ S/ MEDIDA CAUTELAR”, Expte. N° 902/22 y la causa principal sobre: “Cuidados personales compartidos modalidad alternada”. Ambas acciones iniciadas por quien suscribe en fecha 08/03/2022, en la búsqueda desesperada por ver a mis 2 hijas menores de edad.

El juez Lubary se aparta, en cuanto tratamiento mediático de estos casos, de la normativa y precedentes judiciales a nivel internacional y local. Cercenando, el legal y legítimo reclamo de una madre que quiere ver a sus hijas y el derecho a la información que posee la ciudadanía en un asunto de interés público (cuando, además, jamás se individualizó a las niñas). El silenciamiento conviene, en este caso, a la familia judicial…                                               

Lubary, así lo ordena. Como verdugo de la cancelación de mi actividad humana fundacional: buscar justicia…   

Aquí los incurso en delitos son otras personas, no la que suscribe. Que solo busca una justicia empática, no disciplinadora y violenta desde el abuso de poder que la Constitución les confiere para impartir jurisdicción. Así, surge “adicionalmente” la necesidad de erradicar las réplicas de violencia institucional que sufro en este proceso.

Si ustedes hacen lugar a esta pretensión, estarían reivindicando el compromiso estatal con los derechos humanos, y en particular con los derechos de las mujeres y la protección integral a la niñez. Está en sus manos la posibilidad de que el Estado chaqueño sea contemplado, esta vez, de modo ejemplar. Permitan que este litigio estratégico impulse arenas de discusión y promoción de derechos, bajo el principio convencional de progresividad y no regresividad de los derechos humanos, y que, al mismo tiempo, le dé una cuota de esperanza a este grupo vulnerable que en nuestra sociedad no son minoría, señoras y señores integrantes de ese órgano constitucional, sino todo lo contrario.

 

El señor Martin Volman fue citado para mañana a efectos de prestar declaración de imputado por la presunta comisión del delito de impedimento de contacto de hijos menores con padres no conviviente agravado, bajo apercibimiento de ordenarse su inmediata detención en caso de incomparencia injustificada.

 

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