Inocencia Fiscal: cómo usar los dólares del colchón y qué cambia para monotributistas y Ganancias

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal y avanzó en la instrumentación de una de las medidas más ambiciosas del actual programa económico, definida por el Ministerio de Economía como “el blanqueo popular permanente más grande de la historia”. El decreto publicado establece cómo deberán realizarse las operaciones con los llamados “dólares del colchón”, detalla el funcionamiento del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y aclara el alcance de los nuevos umbrales penales y del sistema de multas automáticas.
La normativa llega más de un mes después de la sanción de la ley en el Senado y tras fuertes debates entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y los bancos privados sobre su implementación. Desde el Ejecutivo consideran que la reglamentación brinda la seguridad jurídica necesaria para que los ahorros no declarados, estimados en unos 170.000 millones de dólares, ingresen al circuito formal y motoricen la actividad económica.
Uno de los puntos centrales del decreto es la bancarización de los dólares. Para poder utilizarlos, los contribuyentes deberán ingresarlos al sistema financiero, ya sea depositándolos en una cuenta propia y luego transfiriéndolos, o enviándolos directamente a un tercero. El objetivo es garantizar la trazabilidad del dinero, en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), y permitir el control sobre posibles maniobras de lavado o financiamiento del terrorismo.
El decreto también aporta precisiones clave sobre el Régimen Simplificado de Ganancias. Para adherir, los contribuyentes deberán cumplir con tres condiciones: ingresos anuales menores a 1.000 millones de pesos, un patrimonio inferior a 10.000 millones y no estar categorizados como grandes contribuyentes. La reglamentación aclara que para el cálculo de ingresos solo se computarán los propios, incluyendo los gravados, no gravados y exentos, pero excluyendo los montos percibidos como intermediario.
Entre los beneficios del RSG se destacan la presunción de exactitud de las declaraciones juradas y el efecto liberatorio del pago, además de precisiones sobre qué se considera una discrepancia significativa. Estas definiciones buscan otorgar previsibilidad operativa y reducir la discrecionalidad fiscal.
En el caso de los monotributistas, la reglamentación es clara: para poder utilizar dólares no declarados deberán inscribirse en el RSG. De lo contrario, quedarán expuestos a fiscalizaciones. Así, los pequeños contribuyentes deberán evaluar si les conviene formalizar esos fondos y afrontar una mayor carga tributaria o mantenerlos fuera del sistema con el riesgo de ser investigados. Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confían en que la mayoría optará por adherir al régimen y anticiparon nuevas resoluciones complementarias.
El decreto también aborda el cambio en los umbrales de punibilidad penal. En los casos de evasión simple, el monto mínimo se eleva de 1,5 millones a 100 millones de pesos. Para causas iniciadas con anterioridad, los contribuyentes podrán solicitar la aplicación de la ley penal más benigna. En adelante, el umbral se evaluará según la fecha de comisión del delito y se actualizará anualmente.
Por último, respecto de la polémica actualización del 100.000% en las multas automáticas, el fisco nacional instruyó a no automatizar intimaciones para contribuyentes no relevantes. En el caso de las pymes, se otorgarán plazos adicionales para regularizar la situación de manera voluntaria, priorizando recordatorios antes de iniciar sumarios sancionatorios.
Con información de Infobae




