La comunidad Wichí se opone a la designación de una fiscal por «discriminación y desconocimiento de sus derechos»

Por Zenón González, Comunidad Wichí “Cacique Francisco Supaz”

Las comunidades indígenas de Misión Nueva Pompeya, expresamos nuestro profundo rechazo ante la designación de la Dra. Johanna X como nueva fiscal por parte del Consejo de la Magistratura de la provincia del Chaco. Esta decisión se ha tomado a pesar de que, haciéndonos eco de las voces de nuestras comunidades, impugnamos expresamente su candidatura debido a su historial de discriminación hacia los pueblos indígenas.

La inidoneidad moral de la Dra. Johanna X ha quedado demostrado a través de actitudes y comportamientos discriminatorios hacia nuestras comunidades, lo cual es inaceptable para un cargo de tanta responsabilidad. Asimismo, ha mostrado desconocimiento y desinterés por los derechos y necesidades específicas de los pueblos indígenas durante su desempeño como secretaria de la Fiscalía. En este caso, vemos avasallados y vulnerados nuestros derechos, por la propia Justicia, que hace oídos sordos a nuestros reclamos y denuncias y a través de la imposición de esta funcionaria contribuye a perpetuar las discriminaciones y violencias de las que históricamente hemos sido víctimas.

Queremos resaltar que en el proceso de selección no se tuvieron en cuenta nuestros valores, y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales y no se tomaron en consideración la índole de los problemas que les planteamos con respecto a la candidata. Por ende, no se respetó nuestro derecho a participar en el proceso de selección de la misma. Esta falta de consideración y respeto hacia nuestras comunidades es inaceptable y va en contra de los derechos que consagra a nuestro favor el Convenio 169 de la OIT, en lo que respecta a que se deben establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones como la que se cuestiona.

Haciendo reserva de recurrir por las vías legales correspondientes, ante hechos que son de público conocimiento de la comunidad y que generan el total repudio del nombramiento de la funcionaria X (arts. 5, 6 y 12 del Convenio 169 de la OIT), con la consiguiente responsabilidad del Órgano que así lo dispuso ignorando el clamor popular de la comunidad y hechos que tenía el deber de conocer, es que solicitamos que se revoque esta designación y que se inicie un nuevo proceso de selección que incluya la participación activa de nuestras comunidades, garantizando que se respeten nuestros derechos y se escuchen nuestras voces.

Atentamente.

Relatoría Movimiento Wichí, Por la Dignidad, Justicia y Paz

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