Córdoba: condenan a exintendente de Deán Funes por envenenar a más de 200 perros

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba confirmó la condena a cuatro años de prisión contra el exintendente de Deán Funes, Germán Darío Facchín, por instigar el envenenamiento masivo de animales ocurrido en abril de 2013. La resolución ratificó la sentencia de la Cámara 8ª del Crimen, aunque la defensa todavía podría presentar un recurso extraordinario federal.

El máximo tribunal provincial rechazó los recursos de casación de las defensas. Facchín había sido condenado en 2022 por daño calificado e infracción a la Ley 14.346, que sanciona los malos tratos y los actos de crueldad contra los animales.

La causa se inició después de que vecinos encontraran numerosos animales muertos en las calles de Deán Funes. Aunque el caso trascendió como una matanza de perros, el Poder Judicial de Córdoba precisó que las víctimas fueron unos 211 animales, mayormente perros. El envenenamiento afectó tanto a animales en situación de calle como a mascotas.

Según lo acreditado en el juicio, empleados municipales distribuyeron en distintos puntos de la ciudad cebos preparados con carne y metomil, un insecticida de elevada toxicidad. La Justicia consideró a Facchín instigador de esa maniobra. También fueron condenados cinco empleados municipales, quienes recibieron penas de tres años de prisión en suspenso como coautores.

El abogado querellante Pedro Despouy Santoro valoró la decisión del TSJ. «La decisión del Tribunal Superior merece una valoración favorable desde mi punto de vista».
El letrado destacó que el fallo confirma las condenas mediante un análisis riguroso de la prueba y reafirma la protección penal de los animales como seres sintientes frente a la crueldad, más allá del interés patrimonial de sus dueños.

Sobre los próximos pasos, aclaró: «Todavía podría interponerse un recurso extraordinario federal por parte de la defensa. Si esa vía no prospera y la condena queda firme, Germán Facchín deberá cumplir en la cárcel los cuatro años de prisión».

En los fundamentos de la sentencia de 2022, la Cámara 8ª ya había destacado que la protección legal alcanza la integridad física y psíquica de los animales y su capacidad de sufrir. Además, advirtió sobre el peligro que la distribución de una sustancia altamente tóxica en la vía pública había generado para el resto de la población.

Fuente: Cadena 3

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