Clausuran el basural de La Verde y declaran al Rio Negro como sujeto de derechos

El titular del Juzgado Civil y Comercial N°21, Julián Flores, ordenó la clausura inmediata del Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos del municipio de La Verde, tras constatar que el predio funciona en realidad como un basural a cielo abierto sin ningún tipo de control ambiental. Además, el magistrado fijó plazos concretos para la recomposición del daño ambiental y declaró al Río Negro como “sujeto de derechos”, en un fallo de fuerte impacto institucional y ambiental.

La causa se inició el 5 de septiembre de 2024, a partir de una acción de amparo presentada por el productor ganadero Antonio Rubén Sotelo, propietario del establecimiento “Don Justo”, lindero al basural. En su presentación, denunció que el predio municipal —ubicado a apenas 147 metros del cementerio local— carece de celdas de confinamiento, sistemas de drenaje de lixiviados y mecanismos de monitoreo ambiental, convirtiéndose en un foco permanente de contaminación.

Las inspecciones oculares y los peritajes técnicos realizados por la Administración Provincial del Agua (APA) y la Subsecretaría de Ambiente resultaron determinantes. Entre los hallazgos más graves se constató la muerte de ganado, vinculada a la ingesta de bolsas plásticas arrastradas por el viento desde el basural, lo que provoca severos trastornos digestivos en los animales.

Otro punto crítico señalado por los organismos técnicos fue la contaminación hídrica. Durante las lluvias, los residuos son arrastrados hacia canales y aguadas naturales, con impacto directo sobre el ecosistema y la salud pública. El informe remarcó que el Río Negro se encuentra a solo 500 metros del lugar, lo que agrava el riesgo ambiental.

Asimismo, se detectó la presencia de plaguicidas, elementos químicos peligrosos y emanaciones de gases tóxicos, producto de incendios espontáneos generados por la acumulación y falta de tratamiento de los residuos. Estos factores, según la Justicia, configuran un daño ambiental actual y continuo que exige una respuesta urgente del Estado municipal.

El fallo no solo ordena el cierre del predio, sino que también obliga al municipio a implementar medidas de recomposición ambiental, marcando un precedente al reconocer al Río Negro como sujeto de derechos, lo que implica una protección jurídica especial frente a futuras afectaciones.

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