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Inédita probation a una madre en Chaco: una esperanza para progenitores e hijos que sufren “impedimento de contacto”

La representante del Ministerio Público Fiscal encuadró la conducta de Melisa Esperanza Piceda en los delitos de impedimento de contacto de hijos menores con padres no convivientes en Concurso ideal -seis hechos en concurso real- previstos y penados en el artículo 1, párrafo segundo de la Ley N24270 art 239, 54 y 55 todos del C.P. habiendo requerido la fiscalía, la elevación de la causa a juicio.

Ahora bien, la escala penal prevista para los delitos enunciados se ha determinado en 6 meses como mínimo a 24 años de prisión por lo que es aplicable al caso lo dispuesto 6 en el cuarto párrafo del citado artículo (76 bis del CP).

Pero, finalmente resolvieron aplicar la Probation para la SUSPENSIÓN de JUICIO a PRUEBA, de manera de contribuir a una respuesta más humana en la justicia penal, ya que tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento, como así también desde un punto de vista práctico impedir que llegue la sentencia en procesos de poca importancia en política criminal ahorrando recursos materiales y humanos, para lograr reducciones de costos al Estado.

La poco útil justicia chaqueña en Juzgados de Niñez, Adolescencia y Familia tiene la errada práctica de no atender con celeridad los casos de IMPEDIMENTO de contacto. Más allá del género, ocurre que en la mayoría de los casos son los padres quien son impedidos de cumplir un regimen de visitas, aunque también las madres pasan por ese calavario judicial que repercute negativamente en los hijos, con consecuencias, en muchos casos, irreversibles.

Son muy comunes los casos donde un padre logró probar que intentó cumplir con el régimen de visitas acordado en el Juzgado de Familia, pero cuando iba a buscar a su hijo/a a la escuela “ya lo habían retirado” y cuando iba a la casa de la madre le decían que “estaba enfermo” o que “no lo quería ver”.

Este caso probablemente sea inédito, abre una luz de esperanza a los progenitores que sufren el impedimento de contacto con sus hijos sin una causa válida que demuestre que es inconveniente el contacto con su hijo/a. Siempre las víctimas son los hijos, pero a muchas juezas y secretarias de los juzgados en Chaco, poco les importa.

2 Comments

2 Comments

  1. Marcela

    24 de abril de 2024 at 10:01

    Una posibilidad seria que aquellos que no cumplen con las medidas impuestas por la justicia (en este caso para que ese padre viera a su hijos) corresponda una pena igual para el progenitor que las incumple. Basta de hacerle perder tiempo a los tribunales.

  2. ADRIAN ESTEBAN SALVATIERRA

    24 de abril de 2024 at 17:19

    Y las falsas denuncias??? una que se pague con Carcel, y no van a joder mas!!

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