A 19 años de la declaración de la ONU queremos derechos ejercidos, no solamente reconocidos
El 13 de septiembre de 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, mediante la Resolución A/RES/61/295. Argentina estuvo entre los Estados que votaron a favor de su aprobación.

Por Jairo Fernández
Hoy, 19 años después, esta Declaración continúa siendo un instrumento fundamental para reconocer y promover los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas.
Pero reconocer derechos en un documento no alcanza.
La verdadera pregunta que debemos hacernos es:
¿Cuándo esos derechos serán una realidad concreta en nuestros territorios y en nuestra vida cotidiana?
Uno de los puntos fundamentales es el Artículo 4, que reconoce que los Pueblos Indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en los asuntos internos y locales, y también a disponer de los medios necesarios para financiar sus funciones autónomas.

Naciones Unidas
¿Qué significa esto en la práctica?
Significa que nuestros Pueblos deben tener una participación real en las decisiones que afectan nuestras comunidades, nuestra cultura, nuestra lengua, nuestra educación, nuestros territorios y nuestro futuro.
No se trata solamente de ser escuchados.
Se trata de que nuestras comunidades puedan participar, proponer, decidir y ejercer sus derechos, respetando las instituciones y formas de organización de cada Pueblo.
Por eso, hoy no solamente conmemoramos. RECLAMAMOS.
Reclamamos que los derechos reconocidos internacionalmente puedan ejercerse efectivamente en nuestros territorios.
Reclamamos comunidades con participación real en las decisiones que afectan directamente nuestras vidas.
Reclamamos instituciones indígenas fuertes, representativas y respetadas.
Reclamamos políticas públicas construidas con los Pueblos Indígenas y no solamente desde escritorios alejados de nuestros territorios.
Reclamamos que nuestras lenguas, culturas, conocimientos y formas propias de organización sean respetados y fortalecidos.
Reclamamos que la autonomía no sea solamente una palabra escrita y que el autogobierno no quede limitado al texto de una Declaración.
También debemos recordar que estos derechos se relacionan con otros instrumentos internacionales, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece obligaciones para los Estados respecto de los Pueblos Indígenas y reconoce, entre otros aspectos, la participación de los pueblos interesados. En Argentina, el Convenio 169 fue aprobado por la Ley 24.071.
A 19 años, el desafío es pasar del reconocimiento al ejercicio efectivo.
Porque reconocer un derecho es un primer paso.
Garantizar las condiciones para que ese derecho pueda ejercerse en la realidad es lo que permite que tenga verdadero significado para nuestras comunidades.
Esta propuesta nace desde una mirada de nuestra generación, especialmente de las juventudes indígenas del Chaco y de todo el país, con el objetivo de fortalecer la participación, la formación, la organización y la voz propia de nuestros Pueblos.
No queremos que las nuevas generaciones solamente conozcan sus derechos escritos en documentos.
Queremos que los conozcan, los comprendan, los defiendan y puedan ejercerlos en sus propios territorios.
POR NUESTRA IDENTIDAD.
POR NUESTRAS LENGUAS.
POR NUESTRAS COMUNIDADES.
POR NUESTRO PRESENTE Y NUESTRO FUTURO.
Para nuestra generación, Juventudes Indígenas del Chaco y de la Argentina.




