Apelan el procesamiento de Capitanich por entregar tierras fiscales y reclaman que también sea investigado por lavado

El fiscal federal Carlos Amad apeló la decisión del juez federal subrogante de Sáenz Peña Fernando Carbajal de procesar al exgobernador chaqueño y actual senador nacional Jorge Milton Capitanich por presunto fraude contra la Administración Pública, abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas. ¿Por qué? Porque e, magistrado lo excluyó de la imputación por lavado de activos, con consecuencias que podrían ser determinantes para la pesquisa.

Amad reclamó que la Cámara Federal revise la decisión y sostenga la participación de Capitanich en el presunto esquema de blanqueo de activos de origen ilícito, lo que mantendría la investigación dentro del fuero federal y evitaría la remisión del expediente a la justicia provincial, donde el otrora gobernador mantiene una elevada influencia.

Al momento de ser procesado, Capitanich negó las acusaciones y criticó, además, que la pesquisa se desarrolle en el fuero federal, en desmedro de los tribunales chaqueños. “Resulta incongruente, inconsistente y temerario pretender juzgar a un gobernador en el ámbito de la Justicia Federal por actos administrativos dictados en el ejercicio de sus competencias”, sostuvo. “No solo plantea un serio cuestionamiento en materia de competencia, sino que además afecta principios esenciales del sistema federal consagrado por nuestra Constitución”, afirmó.

La decisión quedará en manos de la Cámara Federal, aunque el recurso del fiscal Amad deberá sumar antes el apoyo del fiscal general Patricio Sabadini, quien puede sostener la apelación o desistir del planteo si comparte el criterio del juez, y provocar de ese modo que el expediente se remita a la Justicia chaqueña.

La controversia gira alrededor de una investigación sobre la presunta adjudicación irregular de miles de hectáreas de tierras fiscales en el departamento chaqueño de Almirante Brown a empresarios vinculados comercialmente con Mauricio Cian, pareja de la exministra de Capitanich Marta Elena Soneira. Para el fiscal, esas operaciones no constituyeron hechos aislados, sino distintas etapas de una maniobra que habría permitido obtener bienes y beneficios económicos del Estado y posteriormente incorporarlos al circuito económico formal.

La investigación comenzó en 2024, tras una presentación de Ana María Canata, presidenta del otrora Instituto de Colonización de la Provincia del Chaco (en la actualidad, Instituto de Tierras Fiscales), que integra la gestión de Leandro Zdero, actual gobernador de Chaco.

Capitanich fue procesado por su intervención en la etapa de adjudicación, que el juez subrogante consideró que no podía reducirse a una formalidad administrativa: la legislación provincial exigía la intervención del gobernador en las adjudicaciones de extensiones superiores a 300 hectáreas y, según Carbajal, esa intervención tenía como finalidad establecer un control institucional sobre decisiones de especial relevancia. Por eso entendió que la firma de los decretos por parte del entonces gobernador constituyó un aporte indispensable para la consumación de las maniobras investigadas.

La resolución de Carbajal -que fue diputado nacional por la UCR- menciona, entre otras operaciones, las adjudicaciones de 1250 hectáreas a Federico Storti y otras 1250 a Leandro Bessone, además de dos inmuebles adjudicados a Nelson Pochón, de 512 y 623 hectáreas. En el caso de las dos primeras parcelas, Carbajal destacó las coincidencias en la tramitación de los expedientes y consideró que existían elementos suficientes para sostener, en esta etapa del proceso, la hipótesis de un acuerdo entre los involucrados.

El debate sobre el lavado

Carbajal trazó, sin embargo, una frontera entre la actuación de Capitanich y el delito de lavado que impulsó el fiscal Amad. Consideró improcedente aplicar esa figura penal, al igual que las figuras de enriquecimiento ilícito y malversación de fondos públicos. Sostuvo que la acusación confundía el delito precedente −la presunta defraudación mediante la apropiación de tierras fiscales− con una conducta posterior e independiente de blanqueo.

El argumento central del juez fue que la obtención o tenencia de los bienes presuntamente provenientes del delito precedente no alcanza para configurar lavado. A su criterio, el Código Penal exige una acción posterior de conversión, transferencia, administración, venta, gravamen o disimulación que tenga aptitud para dotar a los activos de una apariencia de licitud en el mercado formal. Según Carbajal, el fiscal no había probado esa conducta ulterior.

Para Amad, por el contrario, el esquema de lavado no terminó en la adjudicación irregular de las tierras. Por el contrario, las tierras fueron el “punto de partida” para introducir bienes ilícitos al patrimonio; luego obtuvieron ganancias mediante Grupo Pampa Agro y Pampa Semillas, canalizando esos fondos al circuito económico formal. El juez, en su parecer, fragmentó indebidamente una maniobra que debe analizarse como proceso integral en el que Capitanich habría asumido un papel indispensable.

El exgobernador, según la acusación, no habría sido un tercero ajeno a la maniobra patrimonial; fue el funcionario que, mediante la firma de los decretos del Poder Ejecutivo, otorgó la validación formal necesaria para concretar las adjudicaciones. La propia resolución de Carbajal reconoce que su intervención era un requisito legal para las extensiones involucradas y que esa participación podía ser considerada un aporte indispensable en la etapa inicial del proceso.

La participación de Capitanich

Así, la participación de Capitanich y de Soneira en el esquema fue, para Amad, “necesaria”. Sin la firma de los decretos del gobernador, sin el acceso a beneficios promocionales que su posición permitía, sin la reclasificación irregular de zonas protegidas, los coautores penales (Cian, Storti, Bessone, Pochón) nunca hubieran podido convertir la adjudicación irregular de tierras en ganancias empresariales circulables en el mercado formal.

“Es el propio juez que con su ejemplo niega su premisa de análisis”, sostuvo el fiscal en su apelación, refiriéndose a cómo Carbajal reconoce la intervención necesaria de Capitanich pero luego la excluye del lavado. Lo que claramente lo torna ilógico a la luz de las pruebas.

Ahora, el fiscal general Patricio Sabadini deberá evaluar si apoya la apelación y solicita a la Cámara Federal que revoque la decisión de primera instancia que excluyó a Capitanich de un presunto esquema de lavado de activos, o si abre la puerta para que la pesquisa se remita a los tribunales chaqueños.

Fuente; La Nación

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