Fentanilo contaminado: procesaron a dos exfuncionarias y fijaron embargos por $500.000 millones para cada una

La Justicia Federal de La Plata procesó sin prisión preventiva a Nélida Agustina Bisio, ex titular de la ANMAT, y Gabriela Carmen Mantecón Fumadó, ex directora del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), en el marco de la investigación por el fentanilo contaminado que hasta el momento está vinculado con 90 muertes. El juez Ernesto Kreplak las consideró, en principio, partícipes necesarias del delito de adulteración de sustancias medicinales.
La resolución representa un nuevo avance en una causa que investiga tanto la actuación de los responsables de los laboratorios involucrados como el funcionamiento de los organismos encargados de fiscalizar la producción y comercialización de medicamentos.
Además del procesamiento, el magistrado dispuso para cada una un embargo de $500.000 millones y la inhibición general de bienes. Ambas continuarán en libertad, aunque deberán cumplir una serie de medidas mientras sigue adelante el expediente.
Entre las restricciones establecidas se encuentran la prohibición de salir del país, la obligación de presentarse una vez al mes ante la Policía Federal, la entrega de sus documentos de viaje y la prohibición de mantener contacto con personas vinculadas con la ANMAT y el INAME.
El juez Ernesto Kreplak consideró que las dos exfuncionarias tuvieron responsabilidades dentro del esquema de control estatal sobre los laboratorios HLB Pharma y Laboratorios Ramallo, empresas vinculadas a la producción y distribución del medicamento cuestionado.
De acuerdo con la resolución, durante las inspecciones realizadas previamente se habían detectado irregularidades que, según el magistrado, debieron activar medidas administrativas destinadas a impedir que las compañías continuaran funcionando bajo esas condiciones.
En el caso de Gabriela Mantecón Fumadó, el fallo puso el foco en presuntas demoras y omisiones en la aplicación de medidas de control. Entre los elementos analizados aparece el manejo de las denominadas cartas de advertencia, instrumentos administrativos utilizados frente a incumplimientos detectados durante inspecciones.
Según la reconstrucción judicial, una carta dirigida a Laboratorios Ramallo fue finalmente firmada el 10 de febrero de 2025 y dispuso la inhibición de su actividad productiva. En cambio, una medida similar proyectada para HLB Pharma, que incluía una prohibición de comercialización, no llegó a ser firmada.
El juez entendió que esas demoras tuvieron relevancia en la continuidad de las actividades de los laboratorios y en la posterior circulación de medicamentos producidos bajo condiciones que estaban siendo cuestionadas por los organismos de control.
Respecto de Nélida Bisio, quien estuvo al frente de la ANMAT entre diciembre de 2023 y enero de 2026, el magistrado sostuvo que no podía desligarse de las actuaciones desarrolladas dentro del INAME debido a la relación jerárquica entre ambos organismos.
Uno de los puntos considerados fue la disposición firmada por Bisio el 12 de mayo de 2025, mediante la cual se prohibió el uso y la comercialización del lote 31.202 de fentanilo HLB. Para entonces, ya se habían registrado fallecimientos vinculados con el medicamento.
El fallo también analizó una reunión realizada el 14 de enero de 2025, en la que, según la reconstrucción judicial, autoridades sanitarias y representantes de los laboratorios habrían acordado postergar determinadas medidas de control para permitir que las empresas implementaran acciones correctivas.
Para Kreplak, la actuación de las entonces autoridades de los organismos de control debe analizarse en función de las herramientas que tenían disponibles para intervenir frente a las irregularidades detectadas.
El expediente contabiliza actualmente 134 víctimas vinculadas con los hechos investigados, de las cuales 90 fallecieron, y reúne 47 querellas. El número de personas procesadas también se amplió con la incorporación de las dos exfuncionarias, llegando a 15.
Los primeros procesados corresponden a responsables y directivos de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo, vinculados con la fabricación y distribución del medicamento investigado.
En el caso de Bisio y Mantecón Fumadó, el procesamiento fue dictado sin prisión preventiva, por lo que ambas continuarán en libertad mientras la Justicia profundiza las responsabilidades que pudieran corresponder.
El juez también tomó en cuenta, al establecer los embargos, la dimensión económica que podría alcanzar la causa, incluyendo eventuales indemnizaciones civiles y los gastos derivados de los peritajes realizados durante la investigación




