Giro en la causa “Lavado II”: ordenaron devolver los bienes a Aída Ayala y levantar embargos e inhibiciones

La causa conocida como “Lavado II” sumó este martes 29 de septiembre una nueva resolución judicial. El Tribunal Oral Federal de Resistencia dispuso levantar las medidas cautelares y avanzar con la devolución de los bienes que habían sido secuestrados a la exintendenta de Resistencia Aída Ayala y a otras personas que resultaron absueltas en el expediente.
La decisión fue adoptada por los jueces Juan Manuel Iglesias, Enrique Jorge Bosch y Osvaldo Alberto Facciano, luego de una resolución previa de la Cámara Federal de Casación Penal.
La medida no alcanza solamente a Ayala. También comprende a otras cinco personas absueltas dentro del expediente, además de tener consecuencias sobre empresas que permanecían sometidas a administración judicial.
Con la nueva resolución, deberán levantarse definitivamente los embargos e inhibiciones que impedían disponer libremente de determinados bienes.
El tribunal ordenó además restituir bienes muebles, inmuebles y documentación que habían sido secuestrados durante el desarrollo de la investigación.
La restitución no se realizará de manera automática ni sin control. El Tribunal estableció que deberá confeccionarse un inventario y un acta de entrega para dejar constancia de los elementos devueltos.
Para determinar concretamente qué bienes corresponde restituir, se tomarán como referencia las actas elaboradas cuando se realizaron los secuestros durante la investigación.
La resolución también comprende a RECIFIS SRL y DAFSA SA, firmas que se encontraban bajo administración judicial.
Una vez cumplida la restitución ordenada, deberán finalizar las funciones de los interventores y veedores que venían desempeñándose sobre esas empresas.
El nuevo pronunciamiento se encuentra relacionado con una decisión anterior de la Cámara Federal de Casación Penal, que había dejado sin efecto las medidas cautelares.
La Fiscalía cuestionó esa resolución y realizó una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con la intención de que los embargos y las inhibiciones continuaran vigentes hasta que el máximo tribunal se pronunciara.
Sin embargo, el Tribunal Oral Federal sostuvo que la presentación de una queja ante la Corte Suprema no suspende por sí misma lo resuelto por Casación, a menos que el propio máximo tribunal adopte una decisión en ese sentido.
A partir de esa interpretación, los jueces resolvieron avanzar con el cumplimiento de lo dispuesto por Casación y ordenar la devolución de los bienes.
“Lavado II” lleva varios años de trámite y atravesó diferentes decisiones judiciales.
En mayo de 2024, el Tribunal Oral Federal había condenado a Aída Ayala a tres años de prisión de ejecución condicional por fraude en perjuicio de la administración pública. En aquella sentencia fue absuelta respecto del delito de lavado de activos.
Posteriormente, la Cámara Federal de Casación Penal revisó el pronunciamiento, dejó sin efecto las condenas y absolvió a Ayala y a otros acusados.
En diciembre de 2025, la Sala IV de Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal contra aquella decisión.
La discusión continuó y actualmente existe una presentación de la Fiscalía ante la Corte Suprema.
Mientras esa instancia permanece pendiente, el Tribunal Oral Federal resolvió que esa presentación no impide ejecutar lo dispuesto por Casación respecto de las medidas cautelares.
Por ese motivo, la Justicia deberá ahora avanzar con el levantamiento de embargos e inhibiciones y con la restitución de los bienes alcanzados por la resolución.




