Reprocann: modificaron los requisitos para el uso y el cultivo de cannabis medicinal

El Gobierno nacional finalmente puso fin a la incertidumbre de cerca de 100 mil personas que estaban esperando ser autorizadas para poder cultivar cannabis con fines medicinales en sus casas. El Ministerio de Salud publicó este viernes en el Boletín Oficial una resolución con nueva normativa para que pacientes, cultivadores solidarios, ONG’s e investigadores puedan tener plantas, flores o aceites de cannabis sin violar la ley penal.

La Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud de Argentina, publicada en el Boletín Oficial, introduce modificaciones al Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) para regular el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, especialmente para la figura del “cultivador solidario”, donde, según deja constancia en el propio texto “se ha advertido en la práctica el uso indebido y abusivo de las herramientas que dispone la normativa (…) por personas que utilizan el permiso en ese carácter otorgado con fines de comercialización”.

Sin embargo, en principio, dado que el Gobierno no especificó ciertos detalles en la nueva normativa, poco cambiará para los autocultivadores: los usuarios particulares que tengan la indicación médica tendrán un permiso por tres años para cultivar hasta nueve plantas florecidas en sus casas, tal como estableció el Gobierno de Alberto Fernández en 2021 (con una actualización del plazo permitido en 2023, que pasó de uno a tres años).

Aunque no está explicitado en la nueva normativa, fuentes oficiales explicaron que tampoco se modifican las condiciones y los permisos para transportar cannabis o sus derivados dentro del territorio nacional. Esto significa que los usuarios autorizados en Reprocann podrán viajar o moverse con hasta 40 gramos de flores o 30 miligramos de aceite en cualquier medio de transporte, siempre y cuando cuenten con el permiso, accesible desde la app Mi Argentina.

“Para quienes tengan el permiso vigente, no cambia nada y deberán renovarlo cuando se les venza. A la información que solían presentar se agregará un seguimiento de su médico al tratamiento: evolución, mejoras, retrocesos, entre otras cuestiones”, aclararon.

En relación a las aproximadamente 100 mil personas que iniciaron el trámite en el Reprocann y esperan la autorización, en algunos casos hace más de un año, desde el Gobierno explicaron que deberán iniciar el trámite otra vez respetando los nuevos requisitos.

La nueva normativa divide en tres categorías a los inscriptos en el nuevo Reprocann: usuarios/pacientes (las personas físicas que cuenten con indicación médica para el uso de cannabis medicinal terapéutico y/o paliativo del dolor y sus derivados); cultivadores (las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos para cultivar cannabis para uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor y sus derivados); y personas jurídicas permitidas que integran proyectos de investigación y desarrollo.

Según lo publicado en el BO, obtendrán el permiso los usuarios que acrediten indicación médica para el uso de cannabis medicinal terapéutico y/o paliativo del dolor y sus derivados, para realizar autocultivo. Y podrá ser representado por un familiar “en primer o segundo grado de consanguinidad, tutor, curador, o representante legal con acreditación de tal carácter”.

El “tercero cultivador” solo podrá cultivar para sí –solo si se inscribe como autocultivador- y para otro único usuario y no deberá excederse del doble del rango de cultivo para un autocultivador: es decir, nueve plantas por dos (18).

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