La Legislatura del Chaco aprobó por unanimidad regular el uso de celulares en las escuelas

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco sancionó de forma unánime un marco normativo integral destinado a ordenar la utilización de teléfonos móviles y dispositivos digitales en los establecimientos educativos obligatorios de todo el territorio. La medida alcanza a los niveles inicial, primario y secundario, abarcando tanto a las instituciones de gestión pública como privada y en todas sus modalidades.
La propuesta surge a partir de la unificación de distintas iniciativas presentadas tanto por bloques del oficialismo como de la oposición. Tras semanas de debate y a pesar de un inicio de sesión caracterizado por fuertes cruces políticos, el cuerpo legislativo coincidió en la necesidad de avanzar con una legislación que enfrente el uso excesivo de pantallas y el impacto de los algoritmos adictivos en los estudiantes. Los parlamentarios aclararon que la normativa no representa una postura contraria a la tecnología, sino que busca reconvertir los dispositivos en herramientas exclusivas de aprendizaje, inclusión y convivencia escolar, reduciendo los focos de distracción o aislamiento dentro del aula.

La aplicación obligatoria según cada nivel formativo
El texto aprobado establece criterios específicos y diferenciados que contemplan las necesidades del alumnado según la etapa escolar en la que se encuentren:
Nivel Inicial: La utilización de pantallas y dispositivos telefónicos queda estrictamente restringida a lo largo de toda la jornada institucional, con la meta de garantizar un ámbito propicio para el desarrollo sensorial, emocional y social de las infancias.
Nivel Primario: Se limita el uso de los teléfonos, habilitándose únicamente para tareas pedagógicas planificadas de manera específica y bajo el control directo de los docentes.
Nivel Secundario: El uso de celulares queda prohibido durante el transcurso habitual de las horas de clase. Las únicas excepciones contempladas serán aquellas que posean la autorización explícita del personal directivo o docente a cargo, justificadas bajo fines netamente pedagógicos, institucionales o por necesidades de accesibilidad.

Convivencia digital y participación comunitaria
Un componente central de la nueva ley es que traslada la reglamentación interna a cada comunidad escolar. A partir de su promulgación, los establecimientos del Chaco deberán incorporar reglamentos específicos vinculados al manejo de tecnologías e inteligencia artificial dentro de sus Acuerdos Escolares de Convivencia. Estos criterios institucionales tendrán que ser diseñados mediante debates participativos donde intervengan activamente directivos, educadores, estudiantes y familias.




