ARCA amplió el régimen simplificado de Ganancias

La nueva reglamentación elimina los límites de ingresos y patrimonio para acceder a la modalidad simplificada e incorpora a grandes contribuyentes y funcionarios públicos, aunque estos últimos tendrán restricciones en los beneficios del sistema.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó los cambios en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y amplió el universo de contribuyentes que podrán utilizar esta modalidad. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5916/2026, en el marco de las modificaciones introducidas por la denominada ley de Inocencia Fiscal II.

Uno de los principales cambios es la eliminación de los parámetros de ingresos y patrimonio que hasta ahora condicionaban el acceso y la permanencia en el régimen. De esta manera, la residencia fiscal en la Argentina pasa a ser la condición central para adherir, con una excepción prevista para la incorporación correspondiente al período fiscal 2025.

El sistema permite presentar la declaración jurada de Ganancias a partir de información precargada por el organismo recaudador, con el objetivo de simplificar los trámites y reducir la carga administrativa para los contribuyentes.

Qué cambia para grandes contribuyentes y funcionarios públicos

La nueva reglamentación también habilita la incorporación de los grandes contribuyentes nacionales y de los funcionarios públicos.

En el caso de estos últimos, deberán informar si ejercieron funciones públicas durante los cinco años anteriores o actualizar su situación si asumen un cargo con posterioridad.

Sin embargo, ambos grupos recibirán una caracterización especial en el Sistema Registral de ARCA, identificada con el código 661. Esto les permitirá presentar y pagar el impuesto mediante la modalidad simplificada, pero sin acceder a los demás efectos, presunciones y beneficios previstos para el régimen.

Además, deberán mantener la obligación de informar sus bienes tanto en el país como en el exterior. Para el resto de los contribuyentes adheridos a la modalidad simplificada se mantiene la caracterización correspondiente al código 639.

Cómo se podrá adherir al régimen

Los contribuyentes deberán ingresar al servicio Sistema Registral, dentro del sitio web de ARCA, y seleccionar la opción correspondiente a Ganancias Simplificada Ley 27.799. Para realizar el trámite se requiere contar con Clave Fiscal de nivel de seguridad 3 o superior.

La adhesión podrá efectuarse desde el primer día hábil del período fiscal correspondiente y hasta el vencimiento general establecido para la presentación de la declaración jurada.

Para el período fiscal 2025 se estableció una disposición excepcional que permite adherir hasta el vencimiento especial previsto para esa presentación, siempre que se cumplan las condiciones de pago establecidas por la normativa.

Quienes ya hubieran presentado y pagado la declaración jurada de 2025 bajo el régimen general también podrán pasar a la modalidad simplificada. Para hacerlo, deberán presentar una nueva declaración jurada bajo el sistema simplificado dentro del plazo especial.

Si al efectuar la presentación surgiera una diferencia de impuesto a favor del Fisco, el contribuyente podrá ingresar el importe correspondiente junto con los intereses resarcitorios dentro del plazo previsto, sin perder por ello la consideración de pago en término, siempre que se cumplan las condiciones reglamentarias.

Qué pasa si una operación no está bancarizada

La reglamentación también aclara que la falta de bancarización de una operación no implica, por sí sola, la exclusión del régimen simplificado.

Esto no significa que desaparezcan las obligaciones fiscales ni las facultades de control del organismo. Los incumplimientos pueden dar lugar a sanciones previstas en la Ley 11.683 y a fiscalizaciones por parte de ARCA.

La nueva normativa busca ampliar el acceso a una modalidad de declaración más sencilla, aunque su aplicación requiere que los contribuyentes respeten los procedimientos, las condiciones y los plazos establecidos.

Fuente: Agencia NA

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