Jurado de enjuiciamiento destituye e inhabilita a la jueza Fanta por «mal desempeño» e «inhabilitada»

Fue la decisión del Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento. Tiene prohibido ejercer cargos públicos durante 10 años, pero se podrá jubilar.

En una decisión histórica que marca un antes y un después en la exigencia de conducta y aptitud para los magistrados, el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento del Chaco destituyó e inhabilitó de por vida a la jueza de paz del Juzgado Civil y Comercial 22 de Resistencia, Teresita Beatriz Fanta, por mal desempeño e inhabilidad física y mental.  

La sentencia, dictada este 29 de abril de 2025, se fundamenta en los artículos 8 inciso B de la Ley 33-B y 154 de la Constitución Provincial. Además de la destitución, Fanta fue inhabilitada para ejercer cargos públicos durante diez años, según lo estipula el artículo 170 de la Constitución Provincial.  

El Jurado de Enjuiciamiento consideró probado que la conducta procesal de Fanta, a través de diversas presentaciones, constituyó un intento de impedir su juzgamiento ante el órgano constitucional. En la sentencia, se califica este accionar como un «intolerable apartamiento de la misión que le es conferida a los jueces provinciales», que causó un «daño del servicio público y la administración de justicia con menoscabo a la investidura judicial».   

Se debe resaltar que los integrantes del jurado discutieron si el procurador general (Jorge Canteros) tenía la facultad de declarar abstracto en el momento del alegato final, uno de los hechos por el que la magistrada fue denunciada ante el CMyJE.

Por último, señalaron que la destitución e inhabilitación no tienen relación con el otorgamiento o no de un beneficio jubilatorio, para lo que existe una autoridad competente que debe encargarse de verificar el cumplimiento de los requisitos a esos efectos.

Detalles de la Causa y Acusaciones

La causa que llevó a la destitución de Fanta tuvo su origen en una acusación formalizada por el Procurador General de la Provincia, Jorge Omar Canteros, basada en sospechas de incompetencia, negligencia reiterada en el ejercicio de sus funciones, incumplimiento reiterado de los deberes inherentes al cargo y reiteración de graves irregularidades en el proceso [cite: 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 127, 128]. Posteriormente, se amplió la acusación incluyendo la causal de inhabilidad física o mental.  

Además de la acusación del Procurador General, el Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco (S.E.J.CH) presentó una denuncia contra la magistrada por actos consistentes en violencia laboral. Ambas causas fueron acumuladas en un único proceso.  

El Proceso de Enjuiciamiento

El proceso de enjuiciamiento estuvo marcado por una serie de incidentes y planteos por parte de la defensa de la jueza Fanta, incluyendo recusaciones de miembros del jurado, planteos de nulidad y recursos de casación, los cuales fueron en su mayoría desestimados.   

En la sentencia, el Jurado de Enjuiciamiento destacó la importancia de la legitimidad de la función judicial, que se sustenta en la consideración y respeto debidos al personal, magistrados, abogados, peritos, auxiliares de la justicia y litigantes, así como en el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias.  

Inhabilidad Física y Mental

Un punto crucial en la sentencia fue la consideración de la inhabilidad física o mental de la jueza Fanta. El jurado tuvo en cuenta diversas constancias médicas que daban cuenta de un cuadro de estrés, ansiedad y crisis de pánico asociado a un trauma de origen laboral.   

Implicaciones de la Sentencia

La destitución e inhabilitación de Teresita Beatriz Fanta representa una decisión trascendental para el Poder Judicial del Chaco. El Jurado de Enjuiciamiento enfatizó que la sentencia no tiene relación con el otorgamiento o no de un beneficio jubilatorio, cuya verificación de requisitos corresponde a otra autoridad competente.   

Esta sentencia establece un precedente importante sobre la responsabilidad y el comportamiento esperado de los magistrados, reforzando la necesidad de garantizar un servicio de justicia eficiente, respetuoso y apegado a la ley.

La votación y el fallo

Según el documento de la sentencia, el orden de votación de los miembros del Jurado de Enjuiciamiento fue el siguiente:   

  1. Jorge Fernando Gómez (Juez de Primer voto)  

  2. Néstor Enrique Varela (Juez de Segundo voto)   

  3. Sergio Andrés Bosch (Juez de Tercer voto)    

  4. Carmen Noemí Delgado (Jueza de Cuarto voto)    

  5. Rubén Omar Guillón (Juez de Quinto voto)  

  6. José Ricardo Urturi (Juez de Sexto Voto)  

  7. María Cecilia Arroyo (Jueza de Séptimo voto)  

El documento luego detalla el voto de cada uno de los jurados sobre las cuestiones planteadas.

SentenciaFantaWeb

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