La fiscalía sumó un pedido de 80 años de prisión para la banda del Yeso

La Fiscalía Federal sostiene que existió un plan previo, organizado y coordinado entre varios policías, con distintos roles, para sustraer cocaína que debía ser incinerada, ocultarla y posteriormente introducirla al mercado ilegal. Además, incorporó conversaciones telefónicas que, según la acusación, demostrarían que la maniobra había sido planificada antes del operativo.

Para el equipo fiscal, no se trata solamente de un faltante de droga durante una quema. El núcleo de la imputación es el procedimiento del 18 de diciembre de 2025, en el Polígono de Tiro de la Policía del Chaco, en Colonia Benítez.

Según los fiscales Patricio Sabadini y Ruth Hilgenberg, durante la incineración se sustrajeron 9,490 kilos de cocaína, distribuidos en nueve “panes”, que fueron encontrados dentro de la camioneta policial PT-308. El valor estimado por la acusación era de US$142.350.

Aquí aparece el elemento que da origen al nombre “banda del yeso”: dentro de una mochila perteneciente a Néstor Urne Canteros, se encontró un paquete que simulaba ser un ladrillo de cocaína, pero que contenía yeso. La Fiscalía sostiene que estaba destinado a reemplazar los panes de droga sustraídos para disimular el faltante.

Las conversaciones del día anterior

La acusación reproduce diálogos en los que Almirón Núñez y Urne Canteros hablan explícitamente de confeccionar los panes de yeso y hasta de los colores de las cintas que debían utilizar para que las réplicas se parecieran a los paquetes originales.

También aparece un mensaje de Almirón Núñez a García que la Fiscalía considera particularmente relevante:

“Mañana tenemos la quema”
“Capaz rescate algo”
“Vos tenés el conecte”
“Para q se vaya rápido?”

Y García habría respondido que podía hacer que la droga saliera rápidamente mediante “un pasamano”.

El papel que la Fiscalía atribuye al Comisario Alegre

La acusación coloca al Comisario Rubén Héctor César Alegre como presunto organizador de la maniobra. Según el Ministerio Público, tenía conocimiento privilegiado sobre los secuestros, sus cantidades, características y empaquetado, y además tenía capacidad para seleccionar al personal que participaría de la quema.

La Fiscalía incluso incorpora conversaciones anteriores al operativo que, según su interpretación, demostrarían que las maniobras para “rescatar” droga de procedimientos de destrucción no se habrían limitado al 18 de diciembre. En una comunicación del 12 de diciembre, Alegre le habría indicado a Ramírez:

“No quemes todo (…) Deja un bulto por las dudas”

y luego le habría pedido que intentara “rescatar” algo.

La evidencia es muy extensa

La acusación ofrece, entre otras pruebas:

  • filmaciones del procedimiento del 18 de diciembre;
  • imágenes y videos de los allanamientos del 15 de abril;
  • filmaciones de la requisa de la Toyota Hilux;
  • registros del dron de prensa de la Policía del Chaco;
  • cámaras de videovigilancia de la División Operaciones Drogas;
  • extracción forense y análisis de teléfonos celulares;
  • conversaciones de WhatsApp;
  • pericias sobre los dispositivos;
  • informes de Gendarmería;
  • evidencia material y cadenas de custodia;
  • testimonios de personal de Gendarmería que participó del procedimiento.

La Fiscalía acusó a Quizama, Ramírez, Almirón Núñez, Urne Canteros y Acosta por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravada por la cantidad de intervinientes y por su condición de funcionarios públicos, en concurso real con peculado, en calidad de coautores.

A Alegre le atribuye la organización de la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, también en concurso real con peculado.

Y a Villalba y García les atribuye tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada, en calidad de coautores.

La Fiscalía solicitó, en total, 80 años de prisión para los ocho policías:

  • Rubén Héctor César Alegre: 15 años.
  • Franco Andrés Ramírez: 12 años.
  • Gustavo Andrés Quizama: 11 años.
  • Néstor Ariel Urne Canteros: 11 años.
  • Juan Nicolás Almirón Núñez: 11 años.
  • Gustavo Jesús Acosta: 8 años.
  • Gastón Ezequiel Villalba: 8 años.
  • Francisco Lucas Leonel García: 8 años.

Además, todos tienen pedido de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, multas y costas del proceso.

Un punto aspecto destacado

Alegre aparece como el principal acusado, ya que la Fiscalía le atribuye el delito de organización de la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, además del peculado, y solicita para él la pena más alta: 15 años.

Nómina de Imputados y Roles en la Organización

1. Rubén Héctor César ALEGRE (Comisario – Jefe de Operaciones Metropolitana):

    • Rol: Organizador de la empresa delictiva. Controlaba la Sala de Secuestros, disponía qué droga se quemaba, seleccionó personalmente a la comisión policial de su confianza y alteró el orden del pesaje para postergar los cargamentos clave al final de la jornada.

  1. Franco Andrés RAMÍREZ (Subcomisario – Segundo Jefe de la División):

    • Rol: Coautor material / Logística. Conducía la camioneta PT-308, colaboró en ocultar los ladrillos bajo su propio asiento e intentó arrancar el vehículo para concretar la sustracción.

  2. Gustavo Andrés QUIZAMA (Cabo Primero):

    • Rol: Coautor material / Ejecutor. Encargado del traslado físico de la droga hacia el móvil policial. En escuchas previas confesó que planeaba «manotear» droga y mantenía pactos de «zonas liberadas» y cobro de coimas junto al comisario Alegre.

  3. Néstor Ariel URNE CANTEROS (Cabo):

    • Rol: Coautor material / Confección de réplicas. Fabricó los moldes de yeso y llevaba el falso ladrillo en su mochila[cite: 1].

  4. Juan Nicolás ALMIRÓN NÚÑEZ (Cabo Primero):

    • Rol: Coautor material. Llevaba un pan de cocaína en su mochila personal y coordinaba las maniobras de sustitución y distracción vía WhatsApp[cite: 1].

  5. Gustavo Jesús ACOSTA (Sargento):

    • Rol: Coautor material. Integraba la patrulla, dispuso su mochila en la camioneta para recibir parte del botín y estaba al tanto de la maniobra[cite: 1].

  6. Gastón Ezequiel VILLALBA (Cabo):

    • Rol: Coautor. Apoyaba la logística externa[cite: 1]. Vía mensajes de texto incitaba a sus compañeros a «llevar cinta» y «no echarse atrás»[cite: 1].

  7. Francisco Lucas Leonel GARCÍA (Cabo Primero – Div. Transporte):

    • Rol: Coautor / Comercialización[cite: 1]. Encargado de buscar los compradores en el mercado ilícito («el conecte») para saldar deudas vendiendo la droga sustraída[cite: 1].

Mensajes y Escuchas Evidentes

El peritaje telefónico realizado por Gendarmería Nacional arrojó conversaciones contundentes:

  • Quizama (17/12/2025): «Mañana quemamo… voy a ver cuánto puedo manotear, y después me ubica vos ¿cuánto está ahora?».

  • Urne Canteros a Almirón Núñez (17/12/2025): «La cinta marrón es… en vos y en Cachete (Ramírez) nomas puedo confiar… Alegre le dijo a Quizama para que agarre».

  • Almirón Núñez a García «Black» (17/12/2025): «Mañana tenemos la quema, capaz rescate algo. ¿Vos tenés el conecte para que se vaya rápido?». García respondió: «Al toque, al toque, dijo un pasamano de una»[cite: 1].

  • García en grupo de WhatsApp «DIV. TRANSPORTE» (18/12/2025): «Salgo de todas mis deudas con una cajita de esas… Fijate que el coso sea blanco noma y que tenga el delfinsito arriba»[cite: 1].

Imputación Legal Definitiva

  • Para Quizama, Ramírez, Urne Canteros, Almirón Núñez y Acosta:

    • Delito: Coautores de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. «c», Ley 23.737) agravada por la intervención de 3 o más personas organizadas y por ser funcionarios públicos (art. 11 incs. «c» y «d»), en concurso real con Peculado (art. 261 del Código Penal).

  • Para el Comisario Rubén Héctor César Alegre:

    • Delito: Autor de Organización de la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 7, Ley 23.737) agravada por ser funcionario público, en concurso real con Peculado.

  • Para Villalba y García:

    • Delito: Coautores de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada.

Fiscalía acusadora: Dr. Patricio Nicolás Sabadini y Dra. Ruth Hilgenberg (Unidad Fiscal Resistencia – Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos)

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