Caso Tito López: Casación rechazó la resolución que apartaba al fiscal Sabadini de la investigación
El fiscal volverá a estar a cargo de la investigación por presunto lavado de activos.

La Cámara Federal de Casación Penal, compuesta por los jueces Carlos Alberto Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, resolvió este 3 de abril de 2025 el recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal, encabezado por el fiscal Patricio Nicolás Sabadini, contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia que había resuelto apartar al fiscal de la causa que investiga al imputado Ramón Alberto López por delitos de corrupción y lavado de activos.
El fallo fue emitido tras una compleja discusión sobre la recusación de Sabadini, que había sido solicitada por la defensa de López en septiembre de 2024. La defensa acusó al fiscal de mentir en su intervención y de utilizar el caso como una plataforma mediática, lo que, según ellos, comprometía su objetividad y violaba el principio de inocencia del imputado. A pesar de las críticas, el tribunal que decidió la recusación, basado en la Cámara de Apelaciones de Resistencia, rechazó las objeciones presentadas por el fiscal, lo que motivó la apelación del Ministerio Público.
Los recurrentes argumentaron que las juezas camaristas (Rocío Alcalá y Patricia García) y el juez federal (Ricardo Mianovich) desconocieron estas disposiciones al apartar «arbitrariamente» al fiscal Sabadini, basándose en argumentos «infundados y contradictorios», como la supuesta afectación de su objetividad debido a su interacción con los medios de comunicación.
En su voto, el juez Juan Carlos Gemignani sostuvo que el apartamiento de un magistrado del conocimiento de una causa resulta un acto de «extrema importancia» que debe ser valorado del modo más «restrictivo posible». En este sentido, consideró que los elementos valorados por la Cámara de Resistencia no eran suficientes para configurar una causal de apartamiento, ya que no se exige al acusador la misma imparcialidad que a un juez, sino el deber de «objetividad».
Por su parte, el juez Gustavo M. Hornos adhirió al voto de Gemignani, remarcando que si bien las resoluciones sobre recusaciones no son, en principio, susceptibles de ser impugnadas ante la Casación, existe una excepción cuando se encuentra debidamente fundada una cuestión federal, como en el presente caso. Hornos coincidió en que las objeciones a la actuación del Ministerio Público Fiscal deben ser analizadas teniendo en cuenta su rol de parte en el proceso, y que en este caso no se advierte que la actuación del fiscal Sabadini comprometiera la objetividad exigible.
En disidencia, el juez Carlos Alberto Mahiques consideró que la resolución impugnada contaba con fundamentos mínimos y suficientes para ser considerada válida y que no revestía la calidad de sentencia definitiva ni se equiparaba a ella por sus efectos. Asimismo, opinó que el recurrente no demostró la existencia de una cuestión federal que habilitara la competencia de la Cámara de Casación como tribunal intermedio, por lo que propuso declarar inadmisible el recurso.
El recurso fue finalmente evaluado por la Cámara Federal de Casación Penal, donde se discutió si el apartamiento del fiscal era justificable. El tribunal demostró que las razones esgrimidas por la instancia inferior no eran suficientes para apartar al fiscal Sabadini, quien tiene la obligación de actuar con objetividad en su rol de acusador. En este sentido, los jueces concluyeron que las expresiones mediáticas del fiscal no comprometían su imparcialidad, dado que su función no exige la misma imparcialidad que la de un juez, sino un deber de objetividad.
Así, por mayoría, la Sala 3 de la Cámara resolvió hacer lugar al recurso de Casación, anulando la decisión que apartaba a Sabadini de la causa y remitiendo el caso al tribunal de origen para que continuara con su curso.
El fallo fue destacado por los jueces que consideraron que el apartamiento de un fiscal debe ser una medida extremadamente restrictiva, que solo debe tomarse bajo circunstancias muy claras y definidas por la ley. Este caso pone de manifiesto la importancia del Ministerio Público Fiscal en la administración de justicia, y subraya la necesidad de garantizar que los fiscales puedan desempeñar su trabajo sin interferencias que no estén debidamente fundamentadas.
Con esta resolución, el camino sigue abierto para que la investigación sobre los presuntos delitos de Ramón Alberto López continúe bajo la supervisión del fiscal Sabadini, mientras que la decisión sobre su apartamento fue anulada por la Cámara de Casación.